En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida se declara INCOMPETENTE por la materia y DECLINA la competencia de la presente causa en un Juzgado de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a fin de que conozca de la presente causa, y así preservar la transparencia de este proceso jurisdiccional y muy especialmente lo referente al interés superior del niño, al juzgamiento por parte de los jueces naturales y al doble grado de la jurisdicción.- Cúmplase con lo aquí ordenado.
En tal sentido, remítase la presente causa con oficio al UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS, DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, una vez que haya precluido el plazo de cinco (5) días después del referido pronunciamiento, sin que la parte interesada haya solicitado la regulación de la .....