"(...) En consecuencia, para la presente causa penal solamente figuran como Imputados y Acusados de Autos, por tratarse de un Procedimiento Ordinario, los ciudadanos: Luis Avelino Jaimes Molina,titular de la cédula de identidadNo. V-8.073.175, Italo Orlando Parra Araque, titular de la cédula de identidadNo. V-8.074.823, cuyos Defensores Privados, según las actas de diferimiento de audiencia, son los siguientes: abogado SILVIO PEÑA y abogado YOVANNI RODRIGUEZ, respectivamente, y por su parte, en lo que concierne a la figura de la representación del Estado Venezolano, quien aparece como victima por tratarse de un presunto hecho punible previsto y sancionado en la Ley Penal del Ambiente, debe señalarse que, aparte de la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con competencia en materia de Defensa Ambiental, le corresponde también a la Procuraduría General del Estado Mérida, dicha representación legal, por lo tanto, se acuerda cit.....