Por las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado ROBERTO FEBRES NUCETE, en representación de los ciudadanos LEONARDO ANTONIO PINTO RONDON y LILIAM E., OVALLES DE PINTO, actuando con el carácter de Presidente y Directora de la sociedad mercantil "TATUY", C.A., respectivamente, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 01 de Octubre de 2004, dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 01 de Octubre de 2004, por el Juzgado Segundo de los Municipi.....