DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se admite el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo interpuesto por la Fiscalía de la Sala de Flagrancia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, contra la decisión dictada en fecha doce de abril de dos mil diecisiete (12-04-2017), por evidenciarse que en el presente caso existe multiplicidad de víctimas, siendo este uno de los supuestos previstos en el catálogo que establece el artículo 374 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se declara sin lugar el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo, interpuesto por la Fiscalía de la Sala de Flagrancias del Ministerio Pú.....