DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se Dicta Orden de Aprehensión al penado: EDIXON GABRIEL MORILLO GUILLEN, titular de la cedula de identidad Nº 26.553.854, residenciado en el sector rio frio medio, frente al taller de mecánica, al lado de la bodega Esperanza, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, teléfono: 0414-675-4993 (propiedad de su progenitora, condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES Y CINCO (05) DIAS DE PRISION, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 154 ejusdem. SEGUNDO: Una vez materializada l.....