DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 37. “c” de la Convención sobre los Derechos del Niño, regla de Riyadh No. 1.c y artículo 8 letra b y c, 89, 634, 641, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Declarar la nulidad absoluta del informe conductual (folio 296 y 297) informe del equipo técnico (folios 309 y 310) informe de los hechos (folio 311 y 312) por los argumentos antes expuestos.
SEGUNDO: Declara con lugar el pedimento de la defensa en el sentido de que sea trasladado el joven IDENTIDAD OMITIDA, al INAM, seccional Mérida a los fines de que continúe cumpliendo la privación de libertad. Ordenando al Centro Penitenciario que remita el expediente respectivo al INAM a los fines de continuar con el mismo y la elaboraci.....