Por todas las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, interpuesta por la ciudadana ROSA MARÍA SANCHEZ, asistida de la abogada en ejercicio REINA VERA MEDINA, contra los ciudadanos JOSÉ RAMÓN PLAZA REINOZA y FRANCY JOSEFINA PLAZA REINOZA, anteriormente identificados, cuya relación concubinaria existió entre la ciudadana ROSA MARÍA SANCHEZ y el ciudadano JOSÉ NATIVIDAD PLAZA (difunto), desde el año mil novecientos noventa y dos 1992 y culminó en fecha trece (13) de diciembre del 2009. Y así se decide.
SEGUNDO: Se ordena la publicación de un único cartel en un Diario de esta localidad, en el cual se reseñará un extracto de la sentencia y un ejemplar de la publicación.....