Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: la CONFESIÓN FICTA de la Asociación Civil MANCOMUNIDAD DE LA CUENCA DEL MOCOTIES (MACUMO), registrada su Acta Constitutiva Estatuaria ante la oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 17 de septiembre de 2002 con el Nº 73, Tomo Segundo, Protocolo Primero (representada en ese acto por su Presidente, ciudadano JOSE GUILLERMO ECHETO BALLESTEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.804.159).
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Desalojo de Local Comercial intentada por el ciudadano JACINTO ANTO.....