PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de desalojo incoada por la ciudadana MARIA ISABEL ANZOLA VASCONCELLOS, a través de su apoderado judicial abogado LUIS JOSE SILVA SALDATE, contra la empresa SEGUIN DE VENEZUELA C.A., representada por YELITZA NATHALIE DUGARTE RIVAS, en su condición de presidente. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena a la parte demandada a la desocupación y entrega libre de personas y de bienes el inmueble consistente en un Local comercial ubicado en el Centro Comercial CENTRO PLAZA LOS PROCERES ubicado en la avenida Los Próceres del Municipio Libertador del estado Mérida en la Planta Baja identificados con las Siglas LPB-02, que tiene una extensión aproximada de CIENTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (126,57 m2) distribuidos en dos plantas ubicado en la Avenida los Próceres en jurisdicción del Municipio Libertador del estado Mérida. Y ASI SE DECIDE.-
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada,.....