Así las cosas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de la ciudadana EDWIN ENRIQUE VERA GUTIERREZ, VENEZOLANO, titular de la cedula de identidad N° 23.042.069, estado civil, soltero, de oficio: obrero, de 28 años de edad, nacido en fecha 24-03-1995 natural de el Vigía estado Mérida domiciliado en el Barrio Ali Primera, calle principal, casa s/n, de color verde y anaranjado, Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Alberto Adriani del estado Mérida, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 6, numeral 1, en concordancia con el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de JOSÉ ERASMO RAMÍREZ PERNÍA Y YULFRAN ERASMO RAMÍREZ HERRERA, en aplicación de los a.....