Se dictó auto y a tenor de lo dispuesto en los artículos 480 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó la aprehensión del penado Xavier Oscar Moreno, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.758.239, soltero, granjero, laborando actualmente en la Finca Guillén Uzcátegui, ubicada en La Trampa, vía Cazadero, La Sabana, Lagunillas, Estado Mérida, y domiciliado en la Avenida Bolívar, casa N° 25-A, Ejido, Estado Mérida, debido a que el mismo no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 494 ejusdem, para optar a la suspensión condicional de la ejecución de la pena.