Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Se ordena acumular la causa N° C01-049-04, a la Causa N° C01-045-04, ambas por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, en la primera seguida igualmente contra el adolescente (reservado), teniéndose en lo sucesivo ésta última nomenclatura. Segundo: Se ordena realizar por secretaría la corrección de foliatura y estampar en su lugar la que corresponda, de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Se ordena notificar a la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, a ambos defensores y al adolescente (reservado).