PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpues¬ta el 18 de enero de 2001, ante el entonces Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, por el ciuda¬dano Carlos Alvidio García Carrero contra la empresa Expresos Mocotíes C.R.L., ambas partes anteriormente identificadas en autos, por cobro de prestaciones sociales.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria ante¬rior, no se condena en la costas del juicio a la parte demandante, ciudadano Carlos Alvidio García Carrero, por no demostrarse de autos que devengara el triple del salario mínimo nacional mensual. Así se decide.