mediante auto de fecha 02 de junio del 2015 (vuelto del folio 26), fecha en que se venció el lapso para la contestación de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 778 eiusdem, este Tribunal hizo su pronunciamiento respecto a la contestación de la demanda, y ordenó emplazar a las partes para el nombramiento de partidor por auto separado, y visto que la parte demandada ciudadano Hasan Bonai Bonai, a través de la co-apoderada judicial abogada Angélica Lorena Romero, interpuso apelación contra el auto dictado en fecha 02 de junio del 2015, apelación esta que fue oída en el solo efecto devolutivo, es decir, que la apelación ejercida no suspende el curso del juicio, en consecuencia, este Tribunal de seguidas ordena librar boletas de notificación a las partes haciéndoles saber, que una vez conste en autos la última notificación, tendrá lugar el acto de nombramiento de partidor el décimo día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), todo de conformidad c.....