PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por ante este Juzgado en fecha 15 de junio de 2015, por las ciudadanas LUZ MARINA CAMACHO VALERO e IRMA ROSA CAMACHO DE GOMEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.092.132 y V-3.940.173, en su orden, domiciliada la primera en la ciudad de Ejido y la segunda en la ciudad de Mérida, asistida por el abogado ANTONIO JOSE D´JESUS M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.450.914, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 1.757, domiciliado en la ciudad de Mérida, contra el ciudadano JOSE ALBERTO CAMACHO ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.793.002, domiciliado en el Fundo denominado CANTARRANA, ubicado en el kilómetro 49 de la extinguida línea férrea de Santa Bárbara a El Vigía del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, por NULIDAD DE DOCUMENTO DE COMPRA VENTA POR LESION DE LA LEGITIMA. SEGUNDO: No se CO.....