Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario, en funcione de Ejecución N° 01, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, realiza la redención de la pena a JESUS VICENTE GUZMAN por cinco (5) meses y un (01) día, se actualiza el computo de pena cumplida a TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES, TRES (03) DIAS, lo que significa que el penado, ha cumplido mas de un tercio (1/3) de la pena, la cual es (3 años y 4 meses), optando al beneficio de RÉGIMEN ABIERTO, como formula alternativa de cumplimiento de pena, por ello, se ordena tramitar: 1.- Certificación de Antecedentes Penales del penado de autos. 2.- Oferta de Trabajo la cual deberá ser presentada por el penado. 3.- Informe Técnico de la Unidad Técnico de Apoyo Penitenciario del Estado Zulia. Cúmplase. Notifíquese a las partes, remítase copia certificada del presente auto al Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.....