Por los razonamientos y fundamentos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: Primero: Declara la extinción de la acción en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal, al haber operado la prescripción ordinaria según lo establecido en los artículos 37, 108.5, 109, 110 y 411 del Código Penal Venezolano vigente para el momento en que ocurrieron los hechos. Segundo: , Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, instruida en contra del ciudadanos GUSTAVO EDECIO SOSA VELA, venezolano, de 35 años de edad, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad No. V-8.705.672, residenciado encalle 1ª, casa No. 5-65, El Corozo, Tovar, Estado Mérida, por la presunta comisión del del.....