Acto seguido solicitó el derecho de palabra la apoderada de la parte actora plenamente identificada y concedido que le fue expuso: " solicito al tribunal la suspensión del presente embargo ejecutivo en virtud que la parte demandada propuso se le diera un plazo para cumplir con el pago de la deuda. En este estado solicitó el derecho de palabra el Abg. Asistente de la parte demandada ya identificado y concedido como le fue expuso: Entrego a la parte actora en este mismo acto dos cheques del Banco 100%Banco, Banco comercial de fecha diecisiete (17) de julio de 2.014 signados con los números 48-02204144 por un monto de once mil ochocientos cuarenta y cinco bolívares con setenta y cinco céntimos (Bs. 11.845,75) y N°28-02204147 por un monto de diez mil bolívares sin céntimos (Bs.10.000,oo) para ser presentados a su cobro el primer cheque identificado el día martes veintidós de julio de dos mil catorce (22-07-2014) y el segundo el día martes veintinueve de julio de dos mil catorce (29-07-2014.....