DECISIÓN
En virtud de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Tovar, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano FRANCISCO MARQUEZ RAMIREZ, en nombre y representación de su hija la ciudadana LUZ MARINA MARQUEZ MARQUEZ, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la Oficina de Registro Civil del Municipio Guaraque del Estado Bolivariano de Mérida y al Registrador Principal del Estado Bolivariano de Mérida, INSERTAR la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento N° 066, Folio, 066, de fecha veintitrés (23) de junio del 1.998, a fin de que sea corregido en la misma el error cometido. Así se decide.
TERCER.....