PRIMERO: La validez de la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 11 de octubre de 2017 (folios vuelto del 7 al 10), mediante la cual declaró la competencia en este Tribunal, en el juicio incoado por el ciudadano ALVARO VERA AVILA. Y, consecuencialmente, se reordena el proceso a los fines de que la solicitud formulada cumpla con los requisitos formales exigidos por los artículos 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y 482 del Código de Procedimiento Civil, especialmente aquellos relativos a la promoción de pruebas y, repone la misma al estado de que la parte solicitante dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a aquel en que quede firme la presente decisión, presente nueva solicitud cumpliendo con los requisitos exigidos en los artículos antes mencionados, y, de no hacerlo en el lapso correspondiente,.....