L A D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME OTORGA LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, EL DIVORCIO demandado por el HANS ROBERT SCHNEIDER VIVAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-26.985.071, domiciliado en la ciudad de Horb Am Neckar del Estado de Baden-Wurttemberg, Republica Federal de Alemania y hábil, apoderados judiciales; abogados Leonel Eduardo Altuve Pacheco y Leonel José Altuve Lobo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-26.371.492 y V-8.036.315, inscritos en el I.P.S.A. Nros 306.673 y 48.262 respectivamente en su orden, ambos de este domicilio y hábiles, la demanda formulada y consecuencialmente, declara la DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL entre los cónyuges, según acta de matrimonio expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Montalb.....