ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL ACUERDO PRIVADO PRESENTADO, por el ciudadano RIGOBERTO CONTRERAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 13.230.781, domiciliado en el Municipio Rivas Dávila del Estado Bolivariano de Mérida, y hábil civilmente, debidamente asistido por la Abogado en ejercicio ciudadana YASMIN COROMOTO ARAQUE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad número V.- 14.255.269, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.668, con domicilio procesal en la Parroquia El Llano, Sector El Rosal, calle principal, casa N° 2-112, jurisdicción del Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, hábil civil y jurídicamente, suscrito mediante documentos privados con la ciudadana: MAR.....