L A D I S P O S I T I V A
En virtud de los razonamientos que anteceden y de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 429, 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil en concordancia a lo establecido en el artículo 1.363 y 1.923 del Código Civil, éste TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda y el RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por el ciudadano ROBERTH MIGUEL MEJIAS URDANETA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.238.314 y civilmente hábil, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LUCIA COROMOTO RONDON CANCHICA, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.663.597 e inscrita en el Instituto de Previsión .....