administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 del Código Civily en la sentencia dictada el 02 de junio de 2015 (Sent. SC. Nº 12-1163), con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, en lo que al artículo 185 ejusdem se refiere, hecha por los ciudadanosMAYERLIN KARINA LIZARAZO SANCHEZ Y FRANCISCO ANTONIO RODELO ZERPA