-VII-
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Incidencia de Recusación, interpuesta por el ciudadano EVELIO ALFREDO CALDERÓN CUBILLAN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.663.555, a través de su apoderada judicial Leix Teresa Lobo, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-3.297.575 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 10.882, en contra de la Dra. Analy Coromoto Méndez, en su condición de Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida.
SEGUNDO: Se impone al recusante ciudadano EVELIO ALFREDO CALDERÓN CUBILLAN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.663.555, la multa de diez (10) u.....