PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación de autos interpuesto en fecha ocho de julio del año dos mil veinticuatro (08/07/2024), por el abogado Julio Cesar Porras Figueroa, en su condición de funcionario de la Procuraduría General del estado Mérida, actuando en su propio nombre y representación, en contra del auto publicado en fecha tres de julio del año dos mil veinticuatro (03/07/2024), por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, mediante el cual se declara inadmisible la solicitud presentada por el ciudadano anteriormente señalado, quien interpone querella en contra de la ciudadana Luz Marina Pacheco, por cuanto no reúne los requisitos exigidos para admitir o no querella acusatoria, en la causa penal signada con el N° LP01-P-2024-000631, por la presunta comisión de los delitos de Asociación para Delinquir y Tráfico de Influencias, previstos y sancionados en los artículos 37 de la Ley Contr.....