DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: Se admite parcialmente el escrito acusatorio, que corre inserto en los folios 53 al 72 de la pieza dos, presentado contra del acusado JOHAN PEREIRA CARRERO, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA CON MULTIPLICIDAD DE VICTIMAS, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal en plena concordancia en lo establecido en el artículo 77 numerales 1, 5, 6, 9, concatenado con el artículo 99 ejusdem, en perjuicio de la ciudadanas Rosmary Del Carmen Rodríguez Saavedra, Yanay del Carmen Andrade Olano y José Gómez, tomando en cuenta las circunstancias del hecho señalado.
SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas, presentados por el Ministerio Público, conforme a lo previsto .....