DECISIÓN
Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, intentada por el Abogado MARCOS AUDON DÍAZ P, identificado en autos, contra la Ciudadana DIANA M. VILLALBA S., igualmente identificada, por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN. SEGUNDO: Se ordena a la demandada a pagar al demandante la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 4.000.000,00), que es el monto de la suma adeudada. TERCERO: Se ordena a la demandada a pagar al demandante la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS BOLÍVARES CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 1.783.332,62), por concepto de intereses moratorios a razón del 5% anual de conformidad con lo previsto en el artículo 456 del Código de Comercio, desde el 29 de Noviembre de 1997, hasta la presente fecha, más los que se cont.....