DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 253 de la Constitución de la República, DECRETA:-------------------------
PRIMERO: Vista la admisión de hechos que en forma libre, voluntaria y consiente hacen los ciudadanos, acusados: DAVID ALEXANDER BARRIOS, titular de la cédula de identidad V-16.743.857 y CARLOS EDUARDO ALVARADO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad V-17.521.132, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio de Deivi Alejandro Oliveros Rosario, los condena a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÒN. Asimismo se les impone com.....