DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: QUE ES INCOMPETENTE para seguir conociendo la presente demanda de reconocimiento de documento privado de contenido y firma, intentada por el ciudadano MARCOS TULIO LANDAETA NAVAS, en contra del ciudadano PEDRO JOSÉ AGUILERA RAMÍREZ, de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, este Juzgado DECLARA COMPETENTE, para conocer de la presente acción al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía y DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, al mencionado Juzgado, por lo tanto y conforme a la pr.....