DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INTERRUMPIDO EL DEBATE en la causa Nº LP01-P-2022-001819, seguida al ciudadano LUIS FELIPE LARES MUÑOZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.197.330, se INTERRUMPIÓ, de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se deja sin efecto todos los actos celebrados con ocasión al juicio interrumpido, a excepción de la revocatoria de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad.
Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 49, 253, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 2, 4, 6, 16, 17, 157, 315, 318 y 320 del Código Orgánico Procesal Penal.