En consecuencia, quien aquí decide considera que corresponde al tribunal especial por la materia funcionarial conocer de la presente acción propuesta por la mencionada funcionaria, esto es al Juzgado Superior Civil, Mercantil y de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región los Andes, con sede en Barinas, en tal sentido, se DECLINA LA COMPETENCIA. -----------------------------------------------------------
Remítase original del presente expediente una vez transcurrido el lapso de cinco (05) días de despacho a partir del día siguiente al de hoy sin que la parte haya solicitado el recurso pertinente.---------------------------------------
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, a los diecisiete (17) días del mes de noviembre de dos mil cuatro (2.004) Años 194º de la Independencia y 14.....