Este Tribunal de Control No 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda Con Lugar la presentación de los mencionados fiadores, y los admite, por ser procedente y ajustada a Derecho, y así se decide. 
	Notifíquese a las partes de la presente decisión.
EL  JUEZ DE CONTROL N° 06
ABOG. ERNESTO CASTILLO SOTO
         LA SECRETARIA 
   ABOG. YANIRA LOBO GUILLEN