este Juzgador como rector del proceso y en protección del debido proceso y en resguardo a la estadía de derecho de las partes, suspende el presente juicio hasta tanto la parte actora solicite nuevamente la citación de los codemandados ciudadanos Koldobica de Arbeloa y Renato María del Negro Tumminieri, se deja sin efecto lo practicado en cuanto a citaciones, conforme el artículo 228 eiusdem. ASÍ SE DECIDE.-
Notifíquense a las partes de la presente decisión.