"... Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida. Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Da por consumado el acto impartiendo la HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 1.713 del Código Civil Venezolano y en concordancia con los artículos 255, 256, 262, 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ...".