Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA; LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA de la presente causa signada bajo el número LP11-P-2010-002225, seguida al acusado MARLON LUIS FLORES SANCHEZ, por el delito OCULTAMIENTO ILÍCITO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con los artículos 9 y 10 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO, en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a los fines de que la misma sea acumulada a la causa signada bajo el número LP11-P-2008-001415, que cursa por ante ese Tribunal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos señalados a lo largo de la decisión, y artículo.....