DISPOSITIVA; El Juzgado en cumplimiento a la medida de embargo preventivo decretado por el Juzgado Cuarto del Municipio Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado CARABOBO, en el expediente N° 8202, signada la comisión con el N° 2912-2010 por, se trasladó y constituyó en el domicilio del demandado y vista la transacción realizada entre las partes se abstuvo de practicar la presente medida para la cual fue comisionado. CONCLUSIONES: LA REFERIDA COMISIÓN ES DEVUELTA AL Juzgado De la causa a su homologación