Este tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento civil, le imparte su homologación a la transacción celebrada por las partes actora y demandada, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado, expídanse por Secretaría de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, dos copias fotostáticas certificadas de la diligencia contentiva de la transacción, que riela a los folios 137 y 138 y del presente auto, y hágase entrega a los interesados. Se ordena el archivo del expediente una vez que conste de autos el cumplimiento