Ante los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Título Supletorio. SEGUNDO: Se concede TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a la ciudadana GREIDI CAROLINA UZCÁTEGUI HURTADO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº V-17.456.846, sobre bien inmueble que adelante se determina de la siguiente manera: un lote de terreno ubicado en la vía que conduce a la población de La Mesa de los Indios, Barrio 4 de diciembre, Parroquia La mesa, Municipio Campo Elías del Estado bolivariano de Mérida, y que los linderos y medidas del referido lote de terreno son: POR EL FRENTE: en una extensión de veintiún metros con cincuenta centímetros (21,50 Mts), colinda con la .....