DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los ciudadanos LEONARDO ARTURO BRICEÑO GÓMEZ, HÉCTOR ALFONSO CONVITA VALERO y RICHARD JESÚS IZARRA ROJAS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.776.156, V-24.931. y V- 19.146.734, en su orden, civilmente hábiles, con domicilio en el Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio JOSÉ C. DUGARTE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-8.038.315, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 126.277 contentivo de ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuest.....