Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público y las pruebas en la forma antes especificada y en consecuencia se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en contra de LUÍS ALFREDO ZAMBRANO GARCÍA, venezolano, natural de la ciudad de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 05-05-1990, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión no definida, titular de la cédula de identidad N° V.-18.579.304, hijo de Ana Belén García (V) y José Isaías Zambrano (v), con sexto grado de instrucción, residenciado en el 23 de Enero, sector San José, Barrio La Cueva del Humo, casa de color azul, número 181, parroquia Rómulo Gallegos de la jurisdicción del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR motivos FUTILES O INNOBLES, previsto y .....