Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 16 de septiembre de 2002, por la parte demandada contra la sentencia interlocutoria de fecha 08 de agosto del citado año, proferida por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Se CONFIRMÓ en todas y cada una de sus partes dicha decisión. Se condenó a la apelante en los costas del recurso.