CAPITULO III
Vista la oposición hecha por la ciudadana Zulaima Araque, titular de la cedula de identidad No 8.088.761, asistida por los abogados Jorge Eliécer Angulo Peña y Dunia Chirinos Laguna, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 66.120 y 10.469, respectivamente. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Juzgado Ejecutor de Medidas, suspende la medida de Entrega Material fijada para el 21 de marzo del año 2005 a partir de la 11 am acordando con lugar la oposición interpuesta y remite las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en el Vigía Así se decide. Remítase.
EL JUEZ PROVISORIO;
ABG. LUIS OSCAR BRICEÑO PAREDES
EL SECRETARIO TITULAR;
ABG. ÁNGEL BRAVO