"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez, Mérida Estado Mérida, y al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección del acta de matrimonio de la ciudadana "DOMINIQUE JEANNE MARIE PIERRE GLAD MASSON" , ya identificada , inserta por ante la mencionada dirección de Registro Civil de la Parroquia Caracciolo perra Pérez del Estado Mérida, bajo el Nº 06, correspondiente al año 2.004, donde se identifica en dichas acta, en la primera parte el nombre y el apellido de la solicitante como "DOMINIQUE JEANNE MARIE PIERRE ", debe decir "DOMINIQUE JEANNE MARIE PIERRE GLAD MASSON" , por .....