Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YAJAIRA AUXILIADORA CALDERÓN DE VILORIA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Mérida, titular de la cédula de identidad número V-4.492.239., por concepto de prestaciones Sociales contra la demandada COMPAÑÍA ANÓNIMA INMOBILIARIA LOS FRAILES, con domicilio en la ciudad de Caracas e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 19 de mayo de 1972, bajo el Nº 32, Tomo 60-A. en la persona de su Presidente ciudadano PABLO PEDRO MAES GALINDO, venezolano, mayor de edad, ejecutivo, titular de la cédula de identidad número V-1.846.186, domiciliado en la c.....