Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por Decaimiento de la acción, de la demanda que por nulidad de resolución de acto administrativo, intentó el ciudadano ELIO FABIO RONDÓN GONZÁLEZ, contra la COMISIÓN TRIPARTITA DE SEGUNDA INSTANCIA DE LOS ESTADOS APURE, BARINAS, MÉRIDA Y TÁCHIRA.
(Ambos identificados en actas).
SEGUNDO: Se ordena el archivo definitivo del presente expediente.