Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: En virtud de que el ciudadano RICHARD JOSÉ QUINTERO, cumplió con las condiciones que le impuso el Tribunal en el momento de concederle la Suspensión Condicional del Proceso; por dos (02) años, tal como se evidencia del folio 58 de la causa, se Decreta la Extinción de la Acción Penal de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal y como consecuencia el Sobreseimiento de la presente causa, conforme al numeral 3 del artículo 318 eiusdem.
SEGUNDO: Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Archivo Judicial una vez quede firme la presente decisión.
LA JUEZ DE CONTROL N° 02
ABG. AURA AVENDAÑO DE FERNÁN.....