En atención y consideración a las razones expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por el ciudadano FREDDY JOSE PERNIA RONDON venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 13.014.603, de este domicilio y hábil, a través de su Apoderado Judicial Abg. ALFREDO CAÑIZARES BELLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 1.464.384, inscrito en el inpreabogado bajo el N 6.734.
SEGUNDO: Queda resuelto el contrato de arrendamiento que unía contractual a las partes aquí intervinientes y ordena a la parte demandada hacer efectiva la entrega del inmueble en ostión a la parte actora libre de personas, muebles y animales.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pag.....