"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por los abogados Daniel Enrique Quintero Sutil y Rafael Ernesto Serrano Quintero, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Empresa Mercantil "Servicios Integrales Quintero-Núñez, C.A.", contra los ciudadanos Elide Enrique Quintero Navas, Cleiby Eduardo Baptista Flores y la Empresa "Altercomp, C.A.", por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO y a su vez exigir el PAGO DE CONDOMINIO, por ser contraria a una disposición expresa de la Ley (artículos 78, 81, ordinal 3º y 341 del CPC). Así se decide..."