En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede en Tovar, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, declara: sin lugar la oposición realizada sobre la medida dictada en fecha 06 de diciembre de 2012, sobre el inmueble objeto de la demanda, en consecuencia se mantiene la medida asegurativa de prohibición de enajenar y gravar.